Acuerdo Salarial Julio de 2012 a Junio de 2013.

Luego de varios días de negociaciones, en el día viernes se firmó el acuerdo por el cual se otorga un incremento salarial del 25,5% para el período comprendido entre los meses de Julio de 2012 a Junio de 2013.
Por el mismo se establecen los salarios que habrán de aplicarse a partir del 1º de julio de 2012, con un 12,5 % de incremento sobre los salarios al 30 de junio de este año.
Asimismo se establecieron incrementos para los meses de noviembre del corriente año del 7%, y desde marzo de 2013 del 6%, siempre sobre los valores vigentes al 30 de junio de 2011, siendo el total del incremento salarial del 25,5%.
La parte sindical se compromete durante la vigencia del presente acuerdo a no formular nuevos reclamos de incremento salarial, porcentual o de suma fija, a nivel de actividad, de rama o de empresa que importe un incremento de los costos laborales de las empresas del sector, como tampoco podrá solicitar ninguna modificación convencional, sobre condiciones de trabajo o la creación de nuevas ramas dentro del CCT 40/89 que implique un incremento salarial.
El presente acuerdo se ha ratificado ante el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social de la Nación, no siendo de aplicación obligatoria hasta la homologación del mismo por parte de la Autoridad de Aplicación.
ACUERDO 2012-2013
2012-2013 JULIO A OCTUBRE 2012
ACUERDO 2012-2013 – RATIFICACION