Art. 3°.-
Los objetivos de la Cámara serán los siguientes:
a) Fomentar el espíritu de unión y solidaridad entre
socios.
b) Unificar la acción en defensa de los intereses de
sus asociados, asumiendo su general representación.
c) Ofrecer su colaboración permanente a los organismos
del Estado Nacional, Provincial, y/o Municipal, para el estudio, consideración, aplicación,
divulgación, etc., de las leyes, ordenanzas, disposiciones o reglamentaciones de cualquier
naturaleza, que se vinculen directa o indirectamente con el transporte de cargas por las distintas
rutas del país, con las unidades afectadas o que puedan afectarse; con los elementos de uso o su
reposición, y en general, con respecto de todo aquello que se relacione con la presentación de los
servicios en cualquiera de sus aspectos.
d) Brindar a sus asociados el apoyo profesional,
administrativo o especial que tienda al mejor desenvolvimiento y economía de sus actividades.
e) Prestar su colaboración a las entidades de análogo
carácter que así lo soliciten, en cuestiones vinculadas con similares propósitos, y solicitarla a su
vez, cuando así se estime conveniente.
f) Promover una acción constante de divulgación de las
ventajas del transporte de cargas por medio de automotores.
g) Adoptar todas las providencias que se consideren
convenientes para el desarrollo intensivo de la actividad del transporte automotor, en todos sus
aspectos.